lunes, 19 de abril de 2010

¿NO VA MÁS PARA EL CROUPIER COBOS?

Transcribo nota de Perfil.com:

El vicepresidente de la Nación, Julio Cobos, fue denunciado penalmente hoy por su accionar durante el debate en el que se aprobó la media sanción de la reforma del impuesto al cheque con una mayoría simple de 35 senadores.

Los abogados Antonio y Darío Liurgo presentaron hoy un escrito en el juzgado federal de Daniel Rafecas en el que denuncian a Cobos por "incumplimiento de los deberes de funcionario público" y "abuso de autoridad".

Para los letrados, el accionar de Cobos en el tratamiento de la reforma "puso en evidencia una vez más el original accionar del vicepresidente que se constituye en abanderado y jefe aglutinante de la oposición".

"Esta conducta que carece de antecedentes a nivel mundial, se circunscribe en actos antifuncionales cuya trayectoria tragicómica no parece estar exenta de incumplir con los deberes que como funcionario público le incumben al vice jefe de estado", agregan.

Antonio y Dario Liurgo sostienen que "en el recinto y al momento de convalidar la votación el Ing. Cobos argumentó injustificablemente que de antiguas votaciones él podía deducir que la mayoría simple alcanzaba para modificar la norma. En efecto, justificó basado en su ignorancia como fundamento , o lo que es peor en su mala fe".

Así las cosas, los abogados deslizan la posibilidad de realizarle una pericia psiquiátrica al vicepresidente: "En orden al hecho de marras y a las explicaciones de actos generados por su función no parece descabellado verificar la existencia de elementos constitutivos de su aparato psíquico que generen algún grado de inimputabilidad, que le impidan conocer la criminalidad del acto", afirman en la denuncia.

Por acá puede leerse el texto completo de la denuncia que finaliza así:

"El delito se consuma con la acción o la omisión, según se trata de dictar o ejecutar resoluciones u ordenes, o de no ejecutar las leyes, sin que se requiera la producción de daño ni la obtención de provecho alguno. Precisamente es esa la característica del abuso genérico de autoridad. No es admisible la tentativa. Subjetivamente el abuso de autoridad es un delito doloso y el dolo debe abarcar el conocimiento de la ilegalidad de las resoluciones u ordenes que se dictan, trasmiten o ejecutan ya en si mismas, sustancialmente, ya con relación al caso concreto.

Por todo lo narrado no existen dudas que el Ing. COBOS, violó el orden normativo que como garante funcional debe preservar describiendo claramente el tipo penal imputado"


Lilita Carrió está preocupadísima: como a Cobos le pidieron una pericia psiquiátrica, salió corriendo a mandar cartas a las embajadas pidiendo asilo político.


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