Las categóricas afirmaciones del Presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti acerca de la investigación por el atentado a la embajada de Israel: "Hubo sentencia y es cosa juzgada" fueron calificadas como erróneas casi en forma unánime aunque, por supuesto, convenientemente minimizadas por los grandes medios.
Sin embargo, muy pocos resaltan la gravedad de este manifiesto desconocimiento del derecho en que incurrió el cortesano Lorenzetti que, a mi criterio, podría quedar englobado en una causal de juicio político previsto por la constitución: "mal desempeño de sus funciones".
En efecto, según
Un
juez de la Corte Suprema
sólo puede ser acusado por “mal desempeño” en un juicio
político que tramita en el Poder Legislativo: la Cámara de Diputados actúa
como órgano acusador (a la manera de un fiscal de un juicio penal común) y la Cámara de Senadores, como
tribunal de juicio.
Ahora bien, ¿qué significa la
causal de “mal desempeño en sus funciones”?. Se trata de una causal genérica e indeterminada,
relativa a la función jurisdiccional, donde los casos posibles son múltiples y
deben evaluarse dentro de sus circunstancias, a fin de calibrar el modo en que
afectan la función judicial, el servicio de justicia y la dignidad del poder
judicial. La Corte
Suprema de Justicia de la Nación sostiene: "La remoción por mal desempeño procede cuando se acreditan graves
actos de inconducta o que afecten seriamente el ejercicio de la función..."
(CSJN, 29/12/1987, "Fiscal del
Estado Dr. Luis Magín Suárez s/formula denuncia. Solicita jurado de
enjuiciamiento y sus acumulados /Juicio Político a los Miembros de la Corte de Justicia de San
Juan", Fallos, 310:2845)
El caso de incumplimiento o mal
desempeño en que podría haber incurrido Lorenzetti se conoce tradicionalmente como ignorancia
del derecho. En primer lugar, se
advierte que la situación tiene que ser manifiesta,
es decir, tiene que ser identificada a simple vista.
¿Se
verifica esa circunstancia en el caso de Lorenzetti? Totalmente, existen imágenes de su discurso y la "aclaración" de la propia Secretaría de la Corte Suprema.
Se
sostiene jurisprudencialmente, además, que este manifiesto desconocimiento del
derecho, en principio, debe ser reiterado,
pues nadie en rigor está exento hasta de incurrir en un error.
¿Se
da esta reiteración en el caso de Lorenzetti? No que yo sepa. Sin embargo, la gravedad institucional (un término que
adora todo abogado republicano que se precie) que conlleva el caso del atentado
a la Embajada
de Israel, tornaría el desconocimiento inexcusable del derecho del Dr. Lorenzetti en un mal desempeño de sus funciones por sí mismo, si se lograre
acreditar que fue ese desconocimiento del derecho del Dr. Lorenzetti el que
provocó que no se avanzara durante años en las investigaciones del atentado a la embajada de
Israel. ¿Se entiende? “No
podemos modificar lo que ya ha sido aceptado y es cosa juzgada", sostuvo Lorenzetti.
Y allí está la clave.
Al día siguiente la propia Corte Suprema sostuvo por Secretaría: "Está
probada la materialidad de los hechos -cómo ocurrió el atentado- y también
señalada la responsabilidad penal de sus autores. Es en esta línea que el Sr.
Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación informó que ambas circunstancias (pilares
de la investigación) han sido consentidas por las partes, y que sobre esa base firme se continúa con la
pertinente investigación, para lo cual se ha solicitado la necesaria
colaboración internacional"
Pregunta
obligada: ¿de qué fecha data la última
foja del expediente del atentado a la embajada de Israel? Si no tuvo movimiento desde la resolución o acordada
de la Corte Suprema
aludida por Lorenzetti (como sentencia de cosa juzgada) la situación es muy delicada, por motivos obvios, para
el Presidente de la Corte Suprema
de Justicia: su ignorancia manifiesta del
derecho podría haber afectado (durante años) el ejercicio de la función investigativa de
competencia originaria y exclusiva de la Corte en un caso de gravedad institucional como
el atentado a la embajada de Israel.
3 comentarios:
Además en el video con el que ilustra su discurso con víctimas, Madres, Amia,Julio Lópea, Mariano ferreyra, etc...también pone víctimas de la tragedia de Once y Nisman ambas aún sin ninguna sentencia.. No está presionando.. No es que los jueces hablan solo por sus sentencias? Lola.
Sería interesante conocer cómo es que “"Está probada la materialidad de los hechos -cómo ocurrió el atentado- y también señalada la responsabilidad penal de sus autores.”. Porque tengo entendido que la pericia ordenada por la propia Corte demolió la ficción de la F100 bomba evaporada junto a su conductor.
Es a partir de esa pericia en que Fayt es acusado de antisemita y debe recular, pedir perdón a Israel y cajonear la causa con una resolución bastante extraña, dado que la materialidad es asignada, genéricamente, al Hizbolazo y la Yihad Islámica.
Ayer Herr Netanyahu, en su visita al congreso yanqui acusó a Irán, también genéricamente, contradiciendo a la Corte argenta.
Luego, llevamos más de 20 de encubrimientos a Hizbola y/o algunos ayatolas.
Se ve que tienen un enorme poder, más que el lobby sionista.
Debe ser el poder demoníaco de estos islamistas extremos, don Aldo.
http://www4.diputados.gov.ar/dependencias/dcomisiones/periodo-120/120-395.pdf
Actas del Congreso en los que uno de los causales de pedido de juicio político a Nazareno fue la Causa Embajada. Una joyita!
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